En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Una de las principales decepciones que puede experimentar una persona a lo largo de su vida es, sin duda, la de ver cómo la vivienda en la que ha invertido todos sus ahorros, proyectos o ilusiones no llega a construirse.
¿Cómo recuperar este dinero? ¿Cómo responde la entidad promotora? ¿Cómo se responsabiliza la entidad financiera depositaria de los importes entregados a cuenta? ¿Qué tipo de precauciones ha de tomar el comprador para evitar esta situación?
Con el presente trabajo intentamos responder a todas estas cuestiones, atendiendo para ellos a los postulados de la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre Percibo de Cantidades Anticipadas en la Construcción y Venta de Viviendas. Así pues, el objetivo perseguido es ofrecer una visión actualizada, práctica y dinámica de cómo se trata esta problemática social en nuestros Tribunales.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.