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La tecnología blockchain está demostrando su inmenso potencial transformador abriendo puertas a nuevos modelos de negocio desintermediados, descentralizados, transparentes y seguros. En ese contexto, las Initial Coin Offerings (ICOs) se han ido perfilando como un nuevo mecanismo de financiación alternativa con un importante crecimiento anual: este método recaudó 250 millones de dólares en 2016, 5.480 millones en 2017 y 8.120 millones sólo en la primera mitad de 2018. Una ICO supone una emisión de activos digitales, denominados tokens, a cambio de criptomonedas o divisas ordinarias. Dichos tokens sirven como medio de pago para distintos servicios digitales o bien como título representativo de derechos de contenido patrimonial. Las ICOs plantean múltiples cuestiones jurídicas en relación a su incardinación dentro del sistema regulatorio actual y su diferenciación con figuras afines como las operaciones de capital riesgo, la financiación participativa (crowdfunding) y las ofertas públicas de valores (OPVs), a saber: determinación de la naturaleza jurídica de los tokens, formas de estructurar una emisión de tokens de acuerdo con la normativa sobre valores vigente, cuestiones de gobierno corporativo en relación a los fondos recaudados, etc.
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