En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica, principales objetivos de la nueva Ley General Tributaria (LGT).
Todos estos aspectos formarán parte del análisis profundo, en esta obra, de la Ley General Tributaria Estatal y Foral de Navarra.
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, ha sido objeto de varias modificaciones desde su entrada en vigor; sin embargo, la que ahora se implementa es la de mayor calado.
Estamos en un momento histórico en el que se ha incrementado notablemente el interés y la conciencia social y judicial sobre todo lo relacionado con el pago de los tributos y el delito fiscal y económico en general. Muchos son los conceptos que se utilizan en este complejo mundo de la financiación del Estado a través de la contribución de todos los ciudadanos. Sin embargo, pocos son los que conocen y dominan conceptualmente lo establecido en los principales mandamientos fiscales de España, sobre todo debido a su amplitud conceptual y complejidad. Los principales lógicamente están recogidos en la Ley General Tributaria, por lo que se podría decir coloquialmente que esta norma recoge «los diez mandamientos» del mundo de la Hacienda Pública y sus relaciones con el contribuyente.
En la obra se recogen, igualmente, los preceptos vigentes en la Comunidad Foral de Navarra, que distan o se diferencian en algunos aspectos a los utilizados en el régimen común.
La reforma trata de respetar en todo momento el principio de estabilidad de la normativa, que fortalezca la seguridad jurídica en beneficio de los operadores jurídicos que aplican el sistema tributario.
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