En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Si se analizan los distintos supuestos del Código Civil común en los que se prevé la necesidad de la autorización o aprobación judicial para la celebración de un negocio privado de contenido patrimonial, puede considerarse que tales formas de intervención judicial se insertan dentro de su proceso de formación, formando parte de su estructura. Allí coexisten junto con otros elementos esenciales del negocio, como las declaraciones de voluntad de los intervinientes. Ello nos permite configurar una nueva categoría de negocio, que puede denominarse negocio jurídico procesal. Dependiendo del elemento del negocio sobre el que incida la autorización o la aprobación judicial, estas formas de intervención en unos casos integran la capacidad de obrar de las partes, y en otros suplen las declaraciones de voluntad de los intervinientes, pudiendo encuadrar las diversas tipologías de intervención judicial en distintas categorías de dicho negocio. Desde esta perspectiva, en la primera parte de la obra se estudian los distintos supuestos de autorización y aprobación judicial, adaptados a la reforma operada por la Ley 8/2021 de 2 de junio, que en este ámbito se prevé en los artículos 166, 287, 289, 843, 1060, 1377,1376, y 1389 del Código Civil, en los artículos 93.2 de la LJV y 708 de la LEC, en el artículo 4.2 de la Ley 41/2003, en el proceso de división judicial de herencia y liquidación del régimen económico matrimonial, y en la aprobación de la partición realizada por contador-partidor dativo prevista en el artículo 1057 del Código Civil. En la segunda parte de la obra, con una finalidad eminentemente práctica, se abordan las distintas cuestiones controvertidas que en la práctica jurídica suscita la aplicación de la autorización judicial del artículo 166 de Código Civil, y la aprobación de la partición con pago en metálico de la legítima prevista en los artículos 841 a 847 del Código Civil. En esta parte de la obra, además de revisarse las soluciones que se han propuesto hasta la fecha desde la doctrina científica y la jurisprudencia, enunciando, en su caso, otras nuevas, se ponen de manifiesto los problemas que genera la actual regulación del procedimiento notarial para la aprobación prevista en el artículo 843 del Código Civil, así como la necesidad de su reforma.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.