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El derecho penal vive en permanente tensión entre el principio de intervención mínima y las crecientes necesidades de tutela que reclama nuestra sociedad. La superación de dicha tensión tiene que tomar como punto de referencia el principio de proporcionalidad, pues por él se deben calibrar las injerencias del derecho penal en nuestros derechos fundamentales. Esta injerencia no es discutida cuando de ejecución delictiva se trata, siendo más compleja cuando ésta no ha comenzado. Cuestión, que nos aboca al estudio de los actos preparatorios punibles a los que el legislador del 1995 otorga un tratamiento novedoso. Estudio particular merece la apología que sigue siendo más objeto de tratamientos academicista que de resoluciones jurisprudenciales.
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