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El principio de no regresión impide que se produzcan cambios en la normativa que protege valores extraordinarios, como lo son aquellos que afectan a las zonas verdes o espacios libres públicos de nuestras ciudades, los bienes que son portadores de valores culturales (bienes de interés cultural o bienes catalogados) o los espacios naturales protegidos, entre otros. Las decisiones públicas de tutela de valores extraordinarios o relevantes determinan la aplicación de un régimen jurídico exorbitante que está adecuado al valor que en cada caso se protege. No es un régimen uniforme, pero sí existen algunos elementos que pueden ser comunes. El principio de no regresión garantiza el régimen jurídico existente que se aplica y protege esos valores. Básicamente, ese principio impide que se puedan introducir modificaciones normativas o restricciones que eliminen o pongan en serio peligro el valor tutelado por aquella normativa previa.
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