En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Como DIRECTOR GENERAL DE LA MARINA MERCANTE durante la tragedia del PRESTIGE, aplicoŽ la decisión del Organismo Rector, evitando que el buque, con el costado roto y perdiendo carga, se acercara a las costas y obligando a su alejamiento, en virtud de la normativa vigente y en cumplimiento de los convenios internacionales en esta materia, de los que España es parte. Finalizado el juicio, la Audiencia lo absolvió por sentencia de 13 de noviembre 2013, y condenando al capitán del buque. Recurrida la sentencia por algunos de los acusadores, el TS en sentencia de 01/2016, confirmoŽ que lo actuado por la Administración Gral. Del Estado habiŽa sido conforme a Derecho, con lo que eŽsta es la primera ocasión en que el Estado no se vio obligado al pago de indemnizaciones por un siniestro sucedido en sus costas. En 12/2018, la Sala 2a del TS dictó sentencia definitiva sobre la Responsabilidad Civil que fija definitivamente la indemnizacioŽn por importe superior a los 1.500 millones de Euros.
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