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Con la entrada en vigor de la Ley 34/2006 se modificó el sistema de acceso a la profesión de abogado, exigiéndose desde entonces la realización de un Master específico de abogacía y una prueba nacional de acceso como paso previo a la colegiación y el ejercicio profesional. Posteriormente, la Ley 15/2021, con el objetivo de acomodar la legislación española a las previsiones del Derecho europeo y singularmente a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 25 de la Directiva 2006/123/CE en los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, modifica la citada norma de 2006 para unificar el acceso a las profesiones de abogacía y procura, exigiendo un examen de Estado único para ambas profesiones y sin posibilidad de ejercicio simultáneo. Es decir, en el momento de superar los requisitos de acceso, ahora idénticos (máster y examen de Estado), el interesado deberá elegir entre el ejercicio de la abogacía y la procura. Dicho cambio normativo, desarrollado por el Real Decreto 64/2023, ha obligado a introducir modificaciones en el diseño de la formación de los másteres en acceso a la abogacía para inc
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