En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
ôEn esencia, la relación entre las bibliotecas digitales y los titulares del derecho de autor no debe ser de tensión, sino por el contrario debe procurar construir, mantener y enriquecer un vínculo simbiótico entre ambos, de colaboración mutua, toda vez que los autores proveen la materia prima de la labor del bibliotecario y estos a su vez son difusores de las obras literarias o artísticas. Vale repetir nuevamente que, en la permanente dicotomía entre los derechos de autor y la sociedad, no siempre ha estado, ni está, suficientemente claro que el punto de partida de toda actividad creadora está en los autores. Sin autores no hay obras, sin obras no es concebible desarrollo cultural alguno. Ignorar el derecho de los creadores y no ofrecerles la debida protección no conduciría a un mayor acceso a la cultura, las industrias culturales se encargarían de seguir produciendo 'contenidos' sobre la base de lo ya creado y cobrando por ofrecerlo, ellas serían cada vez más ricas y la cultura cada vez más pobreö. Caridad del C. VALDÉS DÍAZ ôPrólogoö
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