En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
La obra que se presenta al lector, actualizada hasta la LO 8/2006, de 4 de diciembre, analiza el desarrollo del proceso de menores hasta la fase de audiencia. Junto al detenido estudio de los diversos actos que integran el proceso y de los sujetos que en él participan, se ahonda en los problemas que suscita la distribución de roles entre el órgano instructor -Ministerio Fiscal- y el órgano enjuiciador -Juez de Menores-: posible atentado al principio de presunción de inocencia como consecuencia de la aplicación de los arts. 18 y 19; riesgo de infracción del derecho a un proceso con todas las garantías derivado de la intervención del Juez de Menores en determinados actos de investigación y en la adopción de medidas cautelares; indeterminación legal en torno a los cauces para impugnar las decisiones del Ministerio Fiscal; incertidumbre acerca de la eficacia de las diligencias de investigación practicadas por éste y que no puedan ser reproducidas en el acto de la audiencia, entre otros
El espíritu que anima al trabajo es esencialmente constructivo. No es propósito de la autora discutir en abstracto sobre las bondades o defectos de encomendar la fase de instrucción penal al Ministerio Fiscal, sino ofrecer soluciones que permitan un mejor funcionamiento del proceso de menores desde la base de asumir que en éste se ha decidido conferir la instrucción a un órgano no jurisdiccional.
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