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Los Programas de Actuación Urbanística en la Comunidad Valenciana" es un trabajo monográfico sobre esos instrumentos de gestión del suelo y sobre la figura del Agente Urbanizador. Ambas instituciones fueron introducidas por la Ley 6/1994 (LRAU) y, más allá de las polémicas suscitadas, supusieron una revolución en la regulación de la función pública de ejecución del planeamiento, no sólo en el ámbito de la Comunidad Valenciana, sino en la mayoría del resto de autonomías, que de una u otra forma importaron las ideas y conceptos suscitados por la LRAU. Ahora, la Ley 16/2005 (LUV) y su reglamento de desarrollo (aprobado por Decreto 67/2006 y recientemente modificado por el Decreto 36/2007) ha reinventado aquellas instituciones jurídico-urbanísticas, acercándolas a las tradicionales figuras contractuales públicas, hoy reguladas en el Texto Refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, al que la nueva legislación urbanística se remite profusamente al atribuir sin ambages al Programa la naturaleza jurídica de contrato administrativo especial. Para cerrar el régimen jurídico de los Programas de actuación urbanística, se incorporan a este trabajo las consecuencias jurídicas básicas que sobre esos instrumentos ha tenido la aparición de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, aprobada por el Estado al amparo de las competencias que la Constitución le atribuye y que tienen algún reflejo en la materia urbanística.
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