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La Constitución de 1978 garantiza la pluralidad de regímenes jurídicos civiles coexistentes en el territorio nacional y ofrece un cauce adecuado para la actualización y renovación de los Derechos civiles, forales o propios, a través de las respectivas cámaras legislativas de las Comunidades Autónomas con competencia en esta materia. Al amparo de lo previsto en el texto constitucional y el Estatuto de Autonomía de Aragón, la nueva singladura del Derecho Civil Aragonés se compone de las leyes emanadas de las Cortes de Aragón. La obra que presentamos va precedida de una Introducción a la Legislación de Derecho Civil Aragonés y contiene los textos legales básicos que actualmente lo configuran y caracterizan: Compilación de Derecho Civil de Aragón (Ley 3/1985), Ley de Sucesiones por causa de muerte (Ley 1/1999), Ley relativa a parejas estables no casadas (Ley 6/1999), Ley de Régimen económico matrimonial y viudedad (Ley 2/2003), Ley de Derecho de la persona (Ley 13/2006). Introducción a la legislación de Derecho civil aragonés. Ley 3/1985, de 21 de mayo, compilación del Derecho civil de Aragón. Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de derecho de la persona. Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial. Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte. Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas.
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