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En la práctica empresarial de nuestros días, las operaciones de reducción de capital se hallan frecuentemente destinadas a beneficiar a determinados accionistas en situaciones de crisis o a perjudicar a algunos de ellos, constituyendo asimismo un mecanismo de separación del accionista. El presente trabajo aborda este complejo temario a la luz del principio de paridad de trato en Derecho de Sociedades y, más concretamente, en el ámbito de la Sociedad Anónima. Tras examinar la significación y alcance de este principio ordenador, se presta una atención especial a la proyección de esta regla en las operaciones de reducción de capital, cuya disciplina es objeto de un análisis pormenorizado. Dentro del abanico de medidas legales que promueven la paridad de trato, ocupa un destacado lugar la incidencia de la paridad de trato sobre la totalidad de las acciones, en proporción a su valor nominal, en los casos de reducción de capital por pérdidas; la exigencia del acuerdo de la mayoría de los accionistas interesados cuando la reducción implique amortización de acciones mediante reembolso y no queden afectadas por igual todas las acciones, así como la problemática específica derivada de la reducción de capital mediante adquisición de acciones propias. Se trata de un temario de indiscutible actualidad e interés tanto para los estudiosos del Derecho de Sociedades como para los profesionales del Derecho dedicados a esta disciplina.
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