En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Esta publicación sigue el camino ya iniciado con la del Código Penal español del año 1995 e intenta mantener, como en aquél, el adecuado equilibrio y coherencia entre terminología y discurso que es de desear en todo texto legal, aunque no ocurra así con demasiada frecuencia. Las mismas pautas son también utilizadas en la presentación del texto a doble columna, en un intento de que el operador jurídico tenga siempre a la vista el texto de partida en castellano y su versión al euskera. Asimismo se ofrece un doble índice analítico castellano-euskera, euskera-castellano que puede ser útil a los efectos de localizar la voz buscada en cualquiera de las dos lenguas.
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