En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Este trabajo responde a una reflexión madura y sólida sobre la mediación administrativa y lo que ha venido en destacarse como la esencia o razón de ser de la actividad del Defensor del Pueblo en la resolución de los conflictos entre los ciudadanos y las administraciones públicas. El autor se adentra en el sacrosanto campo de las materias reservadas al ejercicio del imperium y de la prerrogativa de las administraciones públicas, realizando una propuesta audaz y resuelta de la mediación administrativa, actuando como contrapunto real a unas concepciones doctrinales un tanto ancladas en el tiempo, siempre escépticas y reticentes al reconocimiento de la efectividad de la puesta en práctica de nuevas vías de resolución de disputas. Una mediación siempre sometida a la tensión inevitable entre el ejercicio de una competencia enmarcada en la búsqueda del respeto, y en su caso, la recuperación de la constitucionalidad o la legalidad consagrada en el ordenamiento jurídico; o por el contrario, el ejercicio de una mediación en la que el principio de equidad encuentre un campo propio y generoso de aplicación, obviamente no contradictorio con el principio de legalidad. Aprovechando las características poliédricas de la mediación, aplica sus instrumentos de análisis y raciocinio a algunas de las tareas que lleva a cabo el alto comisionado de las Cortes Generales y preciso es reconocer que, con frecuencia, los resultados son sorprendentes.
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