En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
El ejercicio de las potestades de inspección y sanción por la Agencia Española de Protección de Datos constituye uno de los aspectos más delicados de la regulación contenida en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
El desarrollo de las actuaciones previas, el procedimiento sancionador, las posibilidades de graduación de las sanciones o la propia cuantía y proporcionalidad de las mismas ha sido objeto de un intenso debate social y doctrinal. Algunas de estas materias han sido recientemente abordadas por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal que las precisa y regula.
La Agencia Española de Protección de Datos ha querido ahondar en todas estas cuestiones mediante la realización de tres seminarios en los que expertos de reconocido prestigio han debatido sobre esta materia.
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