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Las grandes competiciones deportivas tienen dos elementos en común que, en mi opinión, constituyen un punto de partida muy interesante para acometer el análisis de las cuestiones jurídicas que se plantean con ocasión de su celebración. Me refiero, por un lado, a que la titularidad del derecho a organizar estas competiciones pertenece, por lo general, a entidades de naturaleza privada. Y por otro lado, a que, por diversas razones que tendremos ocasión de exponer a lo largo de este trabajo, los Estados tienen tal interés por que estos acontecimientos deportivos se celebren en sus respectivos territorios, que no solamente entran en una auténtica competición para conseguirlo, sino que, una vez que lo logran, aprueban leyes especiales y adoptan medidas excepcionales para proteger la competición, la cual es tratada, desde el punto de vista jurídico, como un asunto de excepcional interés público.
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