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Precedida por una reforma de gran calado del Estatuto de Autonomía, el 22 de marzo de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano (LREMV), que entró en vigor el 1 de julio de 2008, y fue objeto de reforma por la Ley 8/2009, de 4 de noviembre, que derogó algunos de sus preceptos y modificó otros. El presente comentario responde, en su estructura, a un análisis sistemático del contenido de la LREMV. Tras unos capítulos preliminares dedicados, respectivamente, al ámbito de aplicación de la Ley, fuentes del régimen económico matrimonial valenciano y principios inspiradores, siguen otros referidos a las siguientes cuestiones: el levantamiento de las cargas del matrimonio; el régimen jurídico de la vivienda habitual; las capitulaciones matrimoniales; las donaciones propter nuptias; la germanía; la separación de bienes, como régimen legal supletorio; y, por último, el régimen transitorio de la Ley; sin olvidar, en ellos, el tratamiento de las cuestiones registrales y de Derecho concursal. Cierra un apéndice sobre la competencia de la Comunidad Valenciana en materia de régimen económico matrimonial. Se atiende, en el análisis, a la redacción vigente de la LREMV, derivada de la reforma introducida por la Ley 8/2009, de 4 de noviembre, pero sin abandonar el contraste de los preceptos vigentes con los modificados o derogados.
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