En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
El Ordenamiento procesal contencioso-administrativo que fue objeto del Tratado de la Jurisdicción contencioso-administrativa, publicado en 2008 dentro de la Colección de Grandes Clásicos de Thomson Reuters Aranzadi, se ha visto afectado por la publicación de las normas generales que acaban de ver la luz y que tratan de modificar el conjunto del Ordenamiento procesal español para adaptarlo a las reformas orgánicas y procesales que se plasmaron, esencialmente, en la LOPJ de 2003 y que, desde entonces, estaban pendientes de una realización efectiva que impulsara una reforma real de la justicia en España. Esto hace necesario abordar la actualización del Tratado de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. La opción por una nueva edición no era coherente con la auténtica intensidad de la reforma que, más allá de lo que parece deducirse de una visión inicial centrada en el número de artículos reformados, no tiene una entidad sustantiva tan profunda como para entender que los postulados esenciales del Tratado debían ser repensados o modificados. Por esta razón hemos considerado editar esta actualización, con el propósito de que el usuario del Tratado no tenga que acudir necesariamente a otras Obras para la actualización del mismo o para la comprobación de la incidencia de la reforma.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.