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El Tribunal Constitucional ha declarado que el objeto de la técnica legislativa es detectar los problemas que la realización del ordenamiento jurídico plantea y formular las directrices para su solución, sirviendo por tanto a la seguridad jurídica. Sin embargo, en ocasiones alude a defectos de las leyes o al empleo de una técnica defectuosa en su redacción para relegar estos fallos al ámbito de la técnica legislativa, sin incidencia constitucional relevante.
El propósito de este libro, además de analizar la doctrina constitucional sobre la cuestión, es mostrar algunos aspectos de la defectuosa calidad de las leyes y de la inobservancia de las reglas de técnica legislativa que pueden vulnerar clara y directamente el principio de seguridad jurídica, hasta un punto que debiera merecer la atención del Tribunal Constitucional en su examen de la constitucionalidad de las leyes.
Es posible que el ambiente jurídico no esté todavía maduro para que se realice un control constitucional de la calidad de la ley y de la coherencia del ordenamiento. Piedad García-Escudero, Letrada de las Cortes Generales y Catedrática acreditada de Derecho Constitucional pretende, no obstante, con esta obra contribuir a la creación de un estado de opinión en este sentido y aportar algunas ideas para que el principio de seguridad jurídica no sea una falacia en un ordenamiento oscuro, caracterizado por la dispersión normativa y plagado de leyes ómnibus y normas intrusas.
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