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Cuando los impulsores me propusieron organizar unas Jornadassobre la problemática de la Reserva de Inversiones de Canarias,(RIC), mi primera impresión fue una mezcla de extrañeza y pereza.Extrañeza por cuanto en el año 2010, sumidos en plena crisis económicainternacional y negras perspectivas en la economía canaria,parecía extravagante refl exionar sobre una especialidad fi scal dirigidaa dar destino a unos más que nunca improbables benefi ciosempresariales. Pereza, porque en mi actividad jurisdiccional habíapuesto decenas, cientos quizá, de sentencias sobre la materia, de formaque el posible estudio de la problemática de la RIC., me parecíaagotada.Sin embargo, la persistencia de algunos profesionales del asesoramientofi scal y de la Confederación Canaria de Empresarios ysobre todo el entusiasmo y poder de convicción de Andrés Fermoso,me hicieron alumbrar dos evidencias hasta entonces incomprensiblementedesatendidas: los estímulos a la inversión, correctamenteentendidos, deben ser un instrumento especialmente útil en periodosde crisis y en tal sentido la RIC no debe considerarse como unrefugio para aliviar la presión fi scal en épocas de bonanza, sino, porel contrario, como un estimulo, un acicate, para generar inversionesque ayuden a salir de los ciclos de depresión económica. La confi -guración de la RIC., como potente instrumento de la política económica,debe adaptarse a las cambiantes circunstancias y ciclos dela economía canaria para responder a las fi nalidades con que se incluyóen la institución canaria de rango constitucional: su Régimeneconómico fi scal.
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