En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Los beneficios y riesgos que, para las partes y para el tráfico jurídico, conlleva la aplicación de la ejecución provisional prevista en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, exigen delimitar, claramente, las resoluciones que podrán ser ejecutadas provisionalmente. Se trata de una cuestión no exenta de dificultad si se repara en que la exégesis de los preceptos reguladores de la ejecución provisional en la LEC no permite establecer con claridad cuáles sean dichas resoluciones, sin que tampoco pueda encontrarse un criterio doctrinal y jurisprudencial uniforme al respecto.
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