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La Ley 29/2009, de 30 de diciembre modificó la Ley de Competencia desleal del año 1991 para incorporar a ésta lo dispuesto en la Directiva de la Unión Europea relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores. Las modificaciones introducidas en la Ley de Competencia Desleal son tan importantes que se considera que la Ley de Competencia desleal tiene un nuevo texto, aunque se conserven algunas normas del texto original del año 1991. Pues bien, la LCD en su nuevo texto plantea graves problemas interpretativos, puesto que la directiva es muy confusa y se basa en principios opuestos a los que respondía la Ley del año 1991. Estos comentarios tienen precisamente la finalidad de intentar aclarar cómo debe interpretarse el nuevo texto legal. A tal efecto se comentan los artículos de la LCD, como es habitual en esta clase de obras y esa tarea la han realizado profesores universitarios especialmente expertos en el estudio de la competencia desleal. La labor realizada en estos comentarios es especialmente importante por cuanto la Ley de Competencia Desleal del año 1991 ha tenido un gran éxito en su aplicación práctica y no cabe duda de que seguirán proliferando los litigios en que esa normativa es aplicable. Por ello estos comentarios interesarán, sin duda, tanto a los profesores universitarios, como, sobre todo, a los juristas prácticos, esto es, jueces y abogados.
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