En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
En el presente volumen se recoge el texto de la Ley Concursal, actualizado a dos fechas: el texto vigente hasta el 31 de diciembre de 2011, y el texto en vigor a partir de enero de 2012, todo ello con el objetivo de dar plena actualización e información de la ardua modificación efectuada por la Ley 38/2011, de 10 de octubre. Complementándose con la inclusión de las disposiciones transitorias y finales de la Ley modificadora 38/2011. Aunque la Ley Concursal supuso un importante hito en nuestro Derecho de la insolvencia, al instaurar un sistema concursal moderno y unitario, de aplicación tanto a personas jurídicas como naturales; sistema que tiene como pilares los principios de unidad legal, de disciplina y de procedimiento; e incorporó soluciones económicas razonables, acompañadas de diversas garantías y de la creación de una jurisdicción especializada, constituida por los jueces de lo Mercantil, el transcurso del tiempo y la situación económica han acentuado determinados aspectos de la legislación que han resultado disfuncionales y han puesto de manifiesto el incumplimiento de uno de los propósitos principales de la ley: la conservación de la actividad profesional o empresarial del concursado. La última reforma llevada a cabo en la Ley Concursal, por la Ley 38/2011 profundiza en las que pueden llamarse «alternativas» al concurso o los denominados institutos preconcursales, ofreciendo a las empresas una solución más ágil a sus problemas económicos, a través de acuerdos de refinanciación. Así mismo se simplifica y agiliza el procedimiento concursal, favoreciendo la anticipación de la liquidación, impulsando y regulando un verdadero procedimiento abreviado y ofreciendo soluciones específicas en la fase común y en el convenio. En resumen, se aporta al instituto del concurso una mayor seguridad jurídica, la apertura de nuevas vías alternativas de equilibrio entre la viabilidad de la empresa y la necesaria garantía judicial, el impulso de los medios electrónicos, y una notable mejora de la posición de los trabajadores.
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