En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
La Legislación Concursal persigue proporcionar a todos los que se aproximan a este Derecho especial una herramienta adecuada para su estudio. Por eso, es exhaustiva en el contenido, con un tratamiento sistemático de las anotaciones y con una ardua labor de concordancias. Como consecuencia de la creciente complejidad del Derecho Concursal, la compilación se divide en tres partes: la legislación concursal general -que incluye las importantes modificaciones introducidas por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley Concursal, por el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica y por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial- la legislación concursal especial y la legislación concursal internacional.
Si la legislación concursal general no necesita mayor explicación, la recopilación separada de la legislación especial es necesaria en la medida en que la Ley Concursal opta por mantener la compleja normativa dictada, al compás de los acontecimientos, en los mercados del crédito, del seguro y de los valores, incluyendo la normativa del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. En fin, la legislación concursal internacional que aparece reforzada por la creciente internacionalización de la insolvencia y del Derecho Concursal.
El Código de Legislación Concursal, presenta la siguiente estructura:
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