En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
La Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, ordenó al Gobierno que en el plazo de seis meses aprobara un proyecto de ley de reforma del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral de 1995, indicando además que dicha reforma debía contemplar «la atribución al orden jurisdiccional social, entre otras cuestiones, de los recursos contra las resoluciones administrativas de la Autoridad laboral en los procedimientos de suspensión temporal de relaciones laborales, reducción de jornada y despido colectivo, regulados en los artículos 47 y 51 del Estatuto de los Trabajadores». Fruto de ese encargo es la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, cuya voluntad innovadora se pone de relieve en la derogación expresa del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral ?del que Editorial Tecnos llegó a publicar dieciocho ediciones? y en la sustitución de esta clásica denominación por otra diferente. La presente edición, profusamente anotada y concordada, incluye las importantes modificaciones introducidas por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.