En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
En la obra se profundiza en la interpretación de los preceptos que la Ley Concursal de 2003 dedica a los institutos de la oposición al convenio, la nulidad y la declaración de incumplimiento, preceptos llenos de oscuridades y lagunas, ofreciendo solución a los problemas que su aplicación práctica trae consigo. Para tal labor, el autor hace uso no sólo de las últimas tendencias doctrinales y jurisprudenciales españolas y extranjeras, sino también de los antecedentes histórico-legislativos del derecho nacional y comparado. Las figuras en examen suponen sobre todo instrumentos de tutela de los derechos de los acreedores, en especial de los minoritarios, frente a la posibilidad de que alcance vigencia o siga en vigor un convenio concursal ilegal, ilegítimo, inviable o cuyo contenido se hubiera incumplido. La oposición significa que los acreedores pueden evitar que se apruebe judicialmente un convenio aceptado mayoritariamente, cuyo contenido sea ilegal, que no haya respetado las normas legales en cuanto a su formación, cuya base consensual esté viciada por el fraude o cuyo cumplimiento sea objetivamente inviable. La nulidad se ejercita contra el convenio que ya está desplegando efectos y pretende su anulación judicial por haberse descubierto después de su aprobación judicial que en el consentimiento mayoritario de los acreedores tuvo una influencia decisiva el dolo. Finalmente, la declaración de incumplimiento permite a los acreedores que hayan sufrido la falta de cumplimiento del convenio, solicitar del juez la resolución del mismo, con lo que se dará paso a la fase de liquidación concursal.
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