En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
SUMARIO Tít. I. De la relación individual de trabajo . Tít. II. De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa Tít. III. De la negociación colectiva y de los Convenios Colectivos Tít. IV. Infracciones laborales (Derogado por RD Legislativo 5/2000, de 4-5) Disposición adicional primera. Fomento de la contratación indefinida de los contratos en prácticas y de aprendizaje. (Derogada por RD Legislativo 8/1997, de 16-5) . Disposición adicional segunda. Contratos formativos celebrados con trabajadores minusválidos . Disposición adicional tercera. Programas de fomento del empleo. (Derogada por RD Legislativo 8/1997, de 16-5) Disposición adicional cuarta. Conceptos retributivos . Disposición adicional quinta. Personal de alta dirección . Disposición adicional sexta. Representación institucional de los empresarios Disposición adicional séptima. Regulación de condiciones por rama de actividad Disposición adicional octava. Código de Trabajo . Disposición adicional novena. Anticipos reintegrables . Disposición adicional décima. Cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa . Disposición adicional duodécima. Preavisos . Disposición adicional decimotercera. Solución no judicial de conflictos . Disposición adicional decimocuarta. Sustitución de trabajadores excedentes por cuidado de familiares . Disposición adicional decimoquinta. Aplicación de los límites de duración del contrato por obra o servicios determinados y el encadenamiento de contratos en las administraciones públicas. Disposición adicional decimosexta. Derogada por RD Ley 43/2006, de 29-12 Disposición adicional decimoséptima. Discrepancias en materia de conciliación Disposición adicional decimoctava. Cálculo de indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida Disposición transitoria primera. Contratos de aprendizaje Disposición transitoria segunda. Contratos celebrados antes del 8 de diciembre de 1993 Disposición transitoria tercera. Contratos celebrados antes del 24 de mayo de 1994 . Disposición transitoria cuarta. Vigencia de disposiciones reglamentarias . Disposición transitoria quinta. Vigencia de normas sobre jornadas y descansos . Disposición transitoria sexta. Ordenanzas de trabajo . Disposición transitoria séptima. Extinciones anteriores a 12 de junio de 1994. Disposición transitoria octava. Elecciones a representantes de los trabajadores . Disposición transitoria novena. Participación institucional . Disposición transitoria décima. Incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional. Disposición transitoria undécima. Excedencias por cuidado de hijos anteriores al día 13 de abril de 1995 . Disposición derogatoria única . Disposición final primera. Trabajo por cuenta propia . Disposición final segunda. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos . Disposición final tercera. Normas de aplicación del Título II . Disposición final cuarta. Tipo de cotización del Fondo de Garantía Salarial . Disposición final quinta. Disposiciones de desarrollo . ÍNDICE ANALÍTICO .
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