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El derecho al secreto de las comunicaciones, derecho fundamental recogido en el art. 18.3 CE, se ha convertido en uno de los derechos más importantes en la actual sociedad de la información. En efecto, en él convergen el interés público de enterarse de lo que pueda ser útil para la seguridad colectiva y el interés ciudadano para vivir y expresar su privacidad. Esa encrucijada, puesta de manifiesto recientemente en la aparición de técnicas de intervención telefónica como SITEL, la escucha a letrados que se comunican con sus defendidos o la reciente anulación por el TC alemán de la ley de conservación de los datos de tráfico, sitúan esta problemática en el primer plano.
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