En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
La mayor parte de los problemas y de los conflictos que hay que tratar en el ámbito del Derecho Privado (persona, familia, sucesiones, propiedad, obligaciones, contratos) se solucionan recurriendo al Código Civil. Este es además base esencial del razonamiento jurídico. De ahí que pueda seguir siendo considerado como «ley de leyes». Estos comentarios constituyen un instrumento indispensable para su mejor conocimiento. Además sirven como introducción, breve pero rigurosa, al estudio de las principales figuras e instituciones de nuestro Derecho Privado. Los comentaristas han renunciado a la erudición y al debate, limitando su comentario a una exposición breve y sucinta del contenido normativo de cada artículo a la luz de la jurisprudencia y de la doctrina acreditada, que se actualiza en esta cuarta edición.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.