En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
¿Qué impuestos nos afectarán en este año 2013? ¿Qué novedades se han establecido en los impuestos directos e indirectos? Los cambios este año afectarán prácticamente a todos ellos, es decir, hay cambios tanto en los impuestos directos (aquellos que gravan manifestaciones directas de la riqueza, como son la obtención de renta -IRPF, ISD e IS- o bien la posesión de un patrimonio -IP-) como en relación con los impuestos indirectos (los que gravan manifestaciones indirectas de la riqueza, como la transmisión o circulación de los bienes -IVA, ITP y AJD, o los impuestos especiales-).
La mayoría de los cambios acaecidos en la regulación tributaria para 2013 van en la línea, tan acostumbrada ya, de los recortes, que en el ámbito tributario se traduce en la supresión o limitación de exenciones, deducciones y bonificaciones que favorezcan a los contribuyentes. Aunque ello no supone una ausencia total de cualquier otra medida que pueda considerarse beneficiosa para los ciudadanos. Así, en este año 2013 debemos tener en cuenta, entre otras, las medidas incorporadas por el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que suponen un tímido atisbo de relajación en la senda de presión fiscal y de recortes hasta ahora seguida, y que se concretan en tres medidas principalmente: en el ámbito del IRPF, en la supresión del límite de exención de 15.500 euros para las prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único, así como en el establecimiento de una reducción del 20 % de los rendimientos de actividades económicas para los contribuyentes que inicien una actividad económica; y en el ámbito del IS, el establecimiento de un tipo reducido del 15 % hasta 300.000 euros de base para las entidades de nueva creación, para el primer año y el siguiente en el que obtengan beneficios. Además de otras medidas que se desgranan en esta obra.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.