En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
El Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión fue promulgado a través del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, y publicado en el BOE el 9 de junio de 2014. Es de obligado cumplimiento desde el 9 de diciembre de 2014. Este Reglamento tiene como objetivo estab lecer las condiciones técnicas y las garantías de seguridad a las que han de someterse las instalaciones eléctricas de alta tensión (instalaciones singulares como son las centrales eléctricas, las subestaciones y los centros de transformación, que se unen entre sí mediante líneas eléctricas de alta tensión), con el fin de proteger a las personas, así como la integridad y la funcionalidad de los bienes que pueden resultar afectados por las mismas, conseguir la necesaria calidad en los suministros de energía eléctrica y promover la eficiencia energética. Afecta a todas las instalaciones eléctricas de conjuntos o sistemas de elementos, componentes, estructuras, aparatos, máquinas y circuitos de trabajo que se utilicen para la producción y la transformación de la energía eléctrica o para la realización de cualquier otra transformación energética. Asimismo, se incluyen los circuitos auxiliares asociados a las instalaciones de alta tensión con fines de protección, medida, control, mando y señalización, así como los cuadros de distribución de baja tensión que puedan ser objeto de requisitos técnicos adicionales por el hecho de encontrarse dentro de una instalación de alta tensión.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.