En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
Su papel es clave, pues forma parte imprescindible dentro del equipo multidisciplinar. En 1973, el Ministerio de Trabajo aprueba los Estatutos del Personal Sanitario no Facultativo, por Orden Ministerial de 26 de abril, donde quedan reguladas las funciones de diferentes categorías profesionales entre ellas las Auxiliares de Clínica de la Seguridad Social. En 1986 una nueva Orden Ministerial de Sanidad y Consumo establece la profesionalidad del Auxiliar de Clínica, creándose la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería, sustituyendo a la anterior y convirtiéndose en requisito imprescindible para el acceso a esta categoría, el título de Formación Profesional de grado medio (FP1) de la rama sanitaria, estableciéndose así, la integración plena dentro del Equipo de Enfermería.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.