En algunas ocasiones las existencias pueden estar erróneas o no se lo podremos conseguir en el plazo señalado. Confiamos en su comprensión y le agradecemos la confianza depositada. Esperamos no defraudarle.
El procedimiento probatorio en el ámbito del juicio verbal (Adaptado a la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial). El juicio verbal como uno de los procedimientos declarativos previstos en la vigente LEC para la resolución de las contiendas judiciales a los que aquella norma se remite en su art. 250, plantea no pocos problemas prácticos en el campo probatorio, fruto de la celeridad y concentración procesal con que la LEC ha impregnado a esta tipología procedimental. Pero además de las evidentes dificultades que en el plano práctico se presentan a causa de un entendimiento, podríamos decir, más estricto de aquellas notas, ha de sumarse cualquier otra complejidad cuya explicación debe encontrar su lógica, puramente, en una falta de adecuación o conexión de algunas de las disposiciones comunes a los procesos declarativos en materia de prueba, con la propia estructura procesal adoptada por el juicio verbal. Todas estas cuestiones son objeto de estudio en el presente trabajo, tratando de hallar soluciones para las mismas, sin haberse renunciado por otra parte a examinar los aspectos esenciales en materia de prueba, para luego detenerse en el examen particularizado de cada una de las fases del procedimiento probatorio, habiéndolo hecho siempre desde la perspectiva del juicio verbal.
Este sitio web sólo utiliza cookies propias. Puedes configurar la utilización de cookies u obtener más información aquí
Más información sobre el uso de "cookies" y sus opciones de privacidad
Este sitio web utiliza cookies propias que se detallan a continuación en el panel de configuración.
A través del mismo, puede aceptar o rechazar de forma diferenciada el uso de cookies, que están clasificadas en función del servicio. En cada uno de ellos encontrará información adicional sobre sus cookies. Puede encontrar más información en la Política de cookies.
Estrictamente necesarias (técnicas):
Se usan para actividades que son estrictamente necesarias para gestionar o prestar el servicio que usted nos ha solicitado y, por tanto, no exigen su consentimiento.